19 ene. 2010

AJUSTE ENERO 2010- Entidades Deportivas- Grupo 20

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ACTA de CONSEJO DE SALARIOS

En la ciudad de Montevideo, el 22 de diciembre de 2009, en el ámbito del Grupo 20 “Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas”, subgrupo 01 “Entidades Deportivas”, en presencia de la delegada del Poder Ejecutivo, An. Ec. Ana Inés Morató, comparecen: el sector trabajador, representado por los Sres. Gabriel García, Rodney Franco, Alejandro Stezano, Sebastián Gimer y Eduardo Reymunde y el sector empleador, representado por el Cr. Lic. Arturo J. Servillo, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Según lo establecido en el artículo III del acuerdo de fecha 12 de noviembre de 2008, corresponde al 1º de enero de 2010 aplicar un ajuste salarial para el semestre comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2010, que se comprende de:

A)        Un porcentaje por concepto de inflación esperada para el semestre comprendido entre el 01.01.10 y el 30.06.10, que surge del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del  Banco Central del Uruguay: 2,50% (dos con cincuenta por ciento).
B)        Un  0,50% (cero con cincuenta por ciento) por concepto de incremento del salario real, dentro de lo determinado en las pautas impartidas por el Poder Ejecutivo.
C)        Un 2,00% (dos por ciento), por concepto de crecimiento/recuperación para el Sector.
D)        Un correctivo de 0,32% (cero con treinta y dos por ciento) para el período 01.07.09-31.12-09, por la diferencia entre la inflación estimada (2,5%) y la real (2,83%).

SEGUNDO: En consecuencia, el incremento total resultante, es de 5,40% (cinco con cuarenta por ciento), que se aplicará sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2009.

TERCERO: Para el porcentaje de la cláusula D) del artículo PRIMERO, se estimó la inflación de diciembre de 2009 en 0,30% (cero con treinta por ciento), de acuerdo a la mediana de las expectativas privadas de inflación para ese mes, relevadas por el BCU. Este porcentaje será ajustado frente al real, en ocasión de la finalización del presente convenio, el 30 de junio de 2010.

Sin más, los comparecientes firman la presente en el lugar y fecha arriba indicados.





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